El plazo original era hasta el 1 de enero de 2025, pero ahora se amplió el plazo.El Servicio de Administración Tributaria (SAT) informó que ahora los contribuyentes que tienen hasta el 31 de diciembre de 2025 para habilitar el Buzón Tributario.

El plazo original era hasta el 1 de enero de 2025, pero ahora se amplió un año el tiempo para cumplir este trámite.

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) informó que ahora los contribuyentes que tienen hasta el 31 de diciembre de 2025 para habilitar el Buzón Tributario.

El plazo original era hasta el 1 de enero de 2025, pero ahora se amplió un año el tiempo para cumplir este trámite.

Según las reglas fiscales, desde 2020, habilitar el Buzón Tributario, registrar y mantener actualizados los medios de contacto es un requisito obligatorio para todas las personas físicas y morales inscritas en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC).

Está fuera de esta medida:

• Personas físicas y morales que se encuentren ante el RFC con situación fiscal de cancelados o suspendidos.
• Personas físicas sin obligaciones fiscales y sin actividad económica.
• Los contribuyentes asalariados y asimilados a salarios que hayan obtenido ingresos en el ejercicio inmediato anterior menores a 400 mil pesos.

El Buzón Tributario es un canal de comunicación, cuyo objetivo es simplificar la notificación de actos administrativos y el envío de mensajes de interés de manera ágil y segura.
Se trata de un portal privado y personalizado en el que se envían notificaciones vía electrónica.

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